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El Congreso convalida el Real Decreto de Protección de datos

Noticias Jurídicas


07 SEP 2018

 

El Congreso ha dado hoy un paso más para hacer realidad la nueva Ley orgánica de Protección de datos y convalidó el Real Decreto-Ley de medidas urgentes aprobado este verano por el Gobierno.

El objeto de este Real Decreto-Ley se ciñe a la adecuación de nuestro ordenamiento al Reglamento europeo 2016/679, en aquellos aspectos concretos que, sin rango orgánico, no admiten demora y debe entenderse sin perjuicio de la necesidad de una legislación orgánica de protección de datos que procure la plena adaptación de la normativa interna a los estándares fijados en la materia por la Unión Europea a través de una disposición directamente aplicable. Su vigencia terminará con la nueva legislación orgánica de protección de datos, que ya urgen los grupos parlamentarios.

Tras el apoyo de PP y Ciudadanos en la convalidación, la ministra de Justicia, Dolores Delgado, explicó que el Decreto fija cuál es el personal competente para realizar las labores de investigación previstas en el Reglamento europeo y regula el modo en que podrán desarrollar su actividad de inspección.

En este caso, establece el Real Decreto que la actividad de investigación de la Agencia Española de Protección de Datos se llevará a cabo por los funcionarios de la Agencia, que se les considerará agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones, o por funcionarios ajenos a ella habilitados expresamente por su directora.

Así, el personal de las autoridades de control de otros Estados Miembros de Unión Europea que colabore con la Agencia ejercerá sus facultades con arreglo a lo previsto en la normativa española y bajo la orientación y en presencia del personal de ésta. También, según anunció Delgado, que en cuanto al régimen sancionador aplicable en España, el Real Decreto-Ley no regula cuestiones como los plazos de prescripción o las sanciones, al considerar que deben fijarse en el ordenamiento interno de los estados, ya que estos dos principios son "básicos" para garantizar la seguridad jurídica de los procedimientos abiertos y proteger los derechos de los ciudadanos.

Prescripción de las sanciones

En cuanto a la prescripción de las sanciones, el texto del Gobierno opta por mantener los mismos tiempos que actualmente establece la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), por lo que fija un plazo de un año para las inferiores a 40.000 euros, dos años para las comprendidas entre 40.000 euros y 300.000 euros y tres años para las superiores a dicha cuantía. El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla.

Con todo, la ministra de Justicia, explicó que el texto incluye la previsión de suspender los procedimientos cuando sea necesario recabar el parecer de las autoridades de otros estados europeos. "De no hacerlo así, esos expedientes podrían caducar, con las consecuencias negativas que ello conlleva no sólo respecto de la aplicación en España del reglamento europeo, sino para la garantía del derecho fundamental de los ciudadanos europeos", concluyó.

Esta convalidación se produce mientras el Congreso de los Diputados tramita la proposición de Ley que el Gobierno del PP presentó en noviembre de 2017. Desde las bancadas de la Cámara Baja, los partidos apremian al Gobierno a agilizar la aprobación de la nueva Ley.

 

Fuente: ElEconomista.es


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