Acceso área privada colegiados


Introduzca sus datos de acceso:


¿Ha olvidado su contraseña?

MENÚ
INFORMACIÓN DE SEDES

Noticias y actualidad


El Tribunal Supremo admite un recurso fuera de plazo debido a un problema de Lexnet

Noticias Jurídicas


17 OCT 2022

 

El Tribunal Supremo ha dado la razón a un abogado que presentó un recurso de casación un día tarde por un fallo de Lexnet y ha decretado la admisión del mismo.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía no admitió este recurso porque el letrado no presentó justificante de los problemas de la plataforma. Pero el Alto Tribunal considera que “se trata de un requisito subsanable. El certificado se puede obtener fácilmente por el órgano judicial ya que su contenido es de público conocimiento”.

El letrado presentó un recurso de casación por unificación de doctrina contra una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el 14 de diciembre de 2021, a las 13:13 horas, cuando el plazo de gracia había finalizado a las 15h del día anterior. Pero de acuerdo con el justificante de “anomalía en la prestación del servicio” emitido por Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia “a lo largo del día 13 de diciembre de 2021, se han producido anomalías en el sistema, por causa externas a esta Dirección, que no han permitido su correcto funcionamiento”.

El servicio estuvo interrumpido entre las 00.00 y las 23.59h de ese día. El abogado consideró que, debido al fallo de Lexnet, el plazo debía entenderse prorrogado hasta la misma hora del día siguiente.

El Tribunal Supremo toma esta decisión para “evitar que un exceso de formalismo convierta determinados requisitos en meros obstáculos procesales impeditivos de la tutela judicial efectiva”. El Supremo tuvo en consideración que se trató “de un funcionamiento anómalo del sistema Lexnet de carácter general”, que el contenido del justificante del error “es de público conocimiento y obtención, pues puede accederse al mismo desde la página Web del Ministerio de Justicia por cualquier sujeto, sin ningún tipo de requerimiento” y que, por tanto, “el propio órgano judicial puede ser conocedor del alcance de la incidencia habida y del contenido de la certificación”.

 

Fuente: legaltoday.com


últimas noticias

Un aluvión de cinco mil reclamaciones contra las aerolíneas colapsa los juzgados civiles

18 MAR 2024

Es la jurisdicción más saturada por las demandas de empresas especializadas en pleitear en nombre ...


La Seguridad Social permitirá a los mutualistas inscritos antes de 1996 pasar sus cotizaciones al régimen de autónomos

12 MAR 2024

Saiz anuncia también que modificarán la ley para hacer obligatoria la cotización en el ...


INFO ENTREVISTA DIARIO DE MALLORCA PARA ESPECIAL DEDICADO A LOS COLEGIOS PROFESIONALES DE LAS ISLAS

26 FEB 2024


mostrar todas las noticias

NOTICIAS Y ACTUALIDAD



VIA ALEMANIA, 5, Edificio Juzgados
07003, PALMA DE MALLORCA, ILLES BALEARS


Tel. 0034 971 723 912 · 0034 971 723 913

BÚSQUEDA DE INFORMACIÓN

CONTACTO / INFORMACIÓN LEGAL

© 2024 · Todos los derechos reservados a www.procuradoresdebaleares.es - Diseño Web y desarrollo Webstyle

Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de navegación de los usuarios y mejorar nuestros servicios. Si continuas navegando, consideramos que acepta su uso. Puedes obtener más información y configurar tus preferencias aquí. Configurar Cookies - Política de privacidad.

SEDES MALLORCA


 Ciudad de Palma

 Vía Alemania, 5- semisótano

 Tel. 971 723 912 / Fax 971 715 941


 Travessa d’en Ballester, 20

 Tel. 971 425 111 / Fax 971 710 349

 Inca

 c/ Pureza, 72

 Tel/Fax 971 883 883

 Manacor

 Pza. Creu Font i Roig, s/n

 Tel/Fax 971 554 452

SEDE MENORCA


 C/ Antoni Juan Alemany, 4

 Tel/Fax 971 351 557

SEDE IBIZA


 C/San Cristòfol,s/n (Edif. CETIS)

 Tel/Fax 971 315 475